Cuando leo o escucho este pasaje del Profeta Oseas que hemos oído en la Primera Lectura (Os 14,2-10), «vuelve, Israel, al Señor tu Dios», cuando lo oigo, me viene a la memoria una canción que cantaba hace 75 años Carlo Buti y que en las familias italianas de Buenos Aires se escuchaba con mucho gusto: “Vuelve con tu papá. La canción de cuna te cantará”. Vuelve: pero es tu papá quien te dice que vuelvas. Dios es tu papá; no es el juez, es tu papá: “Vuelve a casa, escucha, ven”. Y ese recuerdo –yo era pequeño– me lleva enseguida al papá del capítulo 15 de Lucas (15,20) que dice: «Vio venir al hijo de lejos», a aquel hijo que se había ido con todo el dinero y lo había desperdiciado. Y si lo vio de lejos es porque lo esperaba. Subía a la terraza –¡cuántas veces al día!– durante días, meses, quizá años, esperando al hijo. Lo vio de lejos. Vuelve a tu papá, regresa a tu Padre. Él te espera. Es la ternura de Dios que nos habla, especialmente en la Cuaresma. Es el tiempo de entrar en nosotros mismos y recordar al Padre o volver al papá.

“No, padre, yo tengo vergüenza de volver porque… Usted sabe padre, yo he hecho tantas…, he cometido tantas…”. ¿Qué dice el Señor? Vuelve, «curaré su deslealtad, los amaré generosamente, porque mi ira se apartó de ellos. Seré para Israel como rocío, florecerá como lirio, echará sus raíces como los cedros del Líbano». Vuelve a tu padre que te espera. El Dios de la ternura nos curará; nos curará de tantas, muchas heridas de la vida y de tantas cosas feas que hayamos cometido. ¡Cada uno tiene las suyas!

Pensar esto: volver a Dios es volver al abrazo, al abrazo del padre. Y pensar en aquella otra promesa que hace Isaías (1,18): «Aunque vuestros pecados sean como escarlata, quedarán blancos como nieve». Él es capaz de transformarnos, es capaz de cambiar el corazón, pero hay que dar el primer paso: volver. No es ir a Dios, no: es volver a casa. Y la Cuaresma siempre apunta a esa conversión del corazón que, en la costumbre cristiana, toma cuerpo en el sacramento de la Confesión. Es el momento –no sé si “ajustar cuentas”, no me gusta eso– para  dejar que Dios nos blanquee, que Dios nos purifique, que Dios nos abrace.

Yo sé que muchos de vosotros, por Pascua, vais a confesaros para reencontraros con Dios. Pero muchos me dirán hoy: “Padre, ¿dónde puedo encontrar a un sacerdote, a un confesor, porque no se puede salir de casa? Y quiero hacer las paces con el Señor, quiero que Él me abrace, que mi papá me abrace… ¿Qué puedo hacer si no encuentro sacerdotes?”. Tú haz lo que dice el Catecismo (n. 1457) [1]. Es muy claro: si no encuentras un sacerdote para confesarte, habla con Dios, es tu padre, y dile la verdad: “Señor he cometido esto, esto, esto…, perdóname”, y pídele perdón con todo el corazón, con el Acto de contrición y prométele: “Después me confesaré, pero perdóname ahora”. Y enseguida volverás a la gracia de Dios. Tú mismo puedes acercarte, como nos enseña el Catecismo, al perdón de Dios sin tener a mano un sacerdote. Pensadlo: ¡es el momento! Y este es el momento justo, el momento oportuno. Un Acto de contrición bien hecho, y así nuestra alma se volverá blanca como la nieve.

Sería bonito que hoy, en nuestros oídos, resonase este “vuelve, vuelve a tu papá, vuelve a tu padre”. Te espera y te hará una fiesta.


Comunión espiritual

A tus pies, Jesús mío, me postro y te ofrezco el arrepentimiento de mi corazón contrito que se humilla en su nada y en tu santa presencia. Te adoro en el Sacramento de tu amor, deseo recibirte en la pobre morada que te ofrece mi corazón. En espera de la felicidad de la comunión sacramental, quiero poseerte en espíritu. Ven a mí, Jesús mío, que yo vaya a ti. Que tu amor inflame todo mi ser, para la vida y para la muerte. Creo en ti, espero en ti, te amo.


Notas

[1] 1457. Según el mandamiento de la Iglesia “todo fiel llegado a la edad del uso de razón debe confesar, al menos una vez la año, fielmente sus pecados graves” (CIC can. 989; cf. DS 1683; 1708). “Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave que no comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental (cfr. DS 1647, 1661) a no ser que concurra un motivo grave y no haya posibilidad de confesarse; y, en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes” (CIC can. 916; CCEO can. 711). Los niños deben acceder al sacramento de la Penitencia antes de recibir por primera vez la Sagrada Comunión (CIC can. 914). (ndt: negrita nuestra).

Fuente: Almudi.org

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