En nombre del prefecto de la mencionada Congregación vaticana, cardenal Joseph Ratzinger, el secretario de la misma, Monseñor Tarciso Bertone, dirigió una carta al presidente de la Conferencia Episcopal Chilena, cardenal Carlos Oviedo, dando respuesta a algunas consultas suyas y precisando definitivamente la posición de la Iglesia frente a los proyectos de divorcio en Chile. El documento recuerda que la praxis constante de la Iglesia, desde que en varias naciones del mundo comenzaron las vicisitudes parlamentarias en favor de la legalización del divorcio ha sido la defensa de la indisolubilidad del vínculo matrimonial. Instando a la acción unánime de obispos y fieles en esta dirección recuerda que, de la experiencia vivida por la familia en otros países donde se implantó el divorcio, se infiere que no se vulnera impunemente ningún principio de ley natural y revelada.

Humanitas 1996 IV, págs.516 - 517

Desde 1990 seis proyectos de divorcio han sido dirigidos al Congreso. HUMANITAS en su edición Nº 2 (abril-junio 1996) se ocupó extensamente del tema.

Junto al Nº 3 (julio-septiembre 1996) se ha repartido asimismo una separata donde se reproducen los argumentos de la Disputatio organizada por nuestra revista titulada: Familia y Divorcio - El derecho positivo interroga a la ley natural.

Dada la importancia y actualidad del asunto, reproducimos a continuación la carta dirigida a comienzos de septiembre por el secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Monseñor Tarcisio Bertone, al presidente de la Conferencia Episcopal Chilena, Cardenal Carlos Oviedo. Su texto fue publicado por la prensa nacional (cfr El Mercurio 7.9.96).

En ella se responde a las preguntas formuladas por nuestro Arzobispo a dicho Dicasterio en vista del desarrollo que va teniendo la discusión sobre el divorcio entre los mismos católicos.

“En nombre del Cardenal Prefecto, actualmente ausente de Roma, me complace comunicarle cuanto sigue:

“1.- La declaración fraudulenta de nulidad del vínculo matrimonial, apoyada generalmente en el recurso del perjurio, no se puede equiparar de ningún modo a una ley de divorcio, pues no tiene su fundamento en la legislación positiva sino en una corrupción de la conducta cívica. Por lo tanto, el principio contenido en el número 73 de la encíclica Evangelium Vitae, según el cual se podría apoyar una ley injusta que restringiese los efectos negativos de su precedente, no es aplicable a la situación creada en la práctica y conocida como 'divorcio a la chilena'.

“2.- El dar forma legal a una práctica abusiva con el fin de limitar su extensión no resuelve un problema, sino que, por el contrario, crea otro mucho más grave cuando atenta contra un principio contenido en la ley natural. La sanción de una ley de divorcio civil desconoce el carácter indisoluble de la unión matrimonial, que entre los cristianos es, además, de índole sacramental. Tal sanción es un acto inmoral porque no restringe, sino que produce una ley injusta, de por sí ilegítima, que mina, además el fundamento del tejido social y viola gravemente un principio clave de la moral revelada por Cristo.”

"3.- La praxis constante de la Iglesia, desde que en varias naciones del mundo comenzaron las vicisitudes parlamentarias en favor de la legalización del divorcio ha sido la defensa de la indisolubilidad del vínculo matrimonial, tutelado por el derecho de los Estados. Las perniciosas consecuencias que de tales legislaciones se derivan sobre las personas, las familias y la misma sociedad, demuestran de modo fehaciente que no se vulnera impunemente ningún principio de la ley natural y revelada. Aún más, no se vulnera impunemente el principio de la indisolubilidad matrimonial, en cuanto que éste es expresión y garantía de la unidad de la comunidad familiar, en la cual el amor de los esposos cristianos es signo y expresión del amor perenne entre Cristo y su Iglesia (cf. Gaudium et Spes, 48).

4.- El Santo Padre Juan Pablo II ha seguido con particular preocupación y dolor las divisiones producidas dentro del episcopado chileno sobre esta delicada cuestión. Por ello, el Cardenal Secretario del Estado, hablando en nombre del Sumo Pontífice, invitó a que todos los obispos, desde el inicio de las discusiones parlamentarias, dieran 'constante testimonio de unidad en defensa de la indisolubilidad del matrimonio', urgiéndoles a evitar el escándalo de que 'algunos obispos favorecieran la aprobación de una ley de divorcio' (Carta del Cardenal Angelo Sodano a Mons. Fernando Ariztía Ruiz, obispo de Copiapó y presidente de la Conferencia Episcopal de Chile, el 6 de julio de 1994). Esta persistente voluntad del Papa, manifiesta su amor por el pueblo chileno que está actualmente turbado por esta cuestión. Esta es, además, la doctrina de la Iglesia, de la cual los obispos, en comunión con el sucesor de Pedro son los garantes para el bien de los fieles. Es también útil recordar la doctrina del Concilio Ecuménico Vaticano II (Constitución Pastoral 'Gaudium et Spes' nos. 47-48), de la exhortación apostólica 'Familiaris consortio' (1981) y el discurso del Papa Juan Pablo II a los obispos de Chile en su última visita ad limina el 18 de octubre de 1994. En esta ocasión, el Sumo Pontífice les decía: 'La Iglesia, experta en humanidad, no puede dejar de proclamar la verdad sobre el matrimonio y la familia, tal como Dios lo ha establecido. Dejar de hacerlo sería una grave omisión pastoral, que induciría a los creyentes al error'.

"Con el deseo de que estas líneas contribuyan a favorecer la acción unánime y eficaz de todos los obispos de este noble país en defensa de la unidad matrimonial, incluso en las leyes civiles, aprovecho la presente oportunidad para renovarle, señor Cardenal, las expresiones de mi atenta consideración y estima en Cristo".

TARCISO BERTONE, Secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

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